Nueva Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular

 

La nueva Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular incluye lo establecido en las directivas europeas en materia de residuos y de reducción del impacto de plásticos de un solo uso.

NOVEDADES

  1. Objetivos de prevención
  • Objetivos de reducción de la cantidad de los residuos generados:
    • En 2025, un 13 % respecto a 2010.
    • En 2030, un 15 % respecto a 2010.
  1. Medidas de prevención
  • Fomento de productos que sean eficientes, duraderos y fiables, reparables, reutilizables y actualizables.
  • Reducir los residuos alimentarios, favoreciendo la donación y redistribución de alimentos.
  • Prohibición de la destrucción y eliminación en vertedero de excedentes no perecedero como textiles, juguetes o aparatos eléctricos.
  • Medidas para reducir el consumo de agua embotellada en envases de un solo uso:
    • Fomento de fuentes de agua potable o envases reutilizables en edificios públicos.
    • La Hostelería y la restauración deberán ofrecer siempre la posibilidad de consumir agua no envasada de manera gratuita.
  • Medidas que fomenten la venta a granel y con envases reutilizables.
  • Los comerciantes de aparatos eléctricos o electrónicos deberán informar de su reparabilidad.
  1. Gestión de residuos
  • Establecimiento de recogida separada obligatoria para residuos textiles, domésticos peligrosos, aceites de cocina usados y biorresiduos.
  • Incorporación de los objetivos de preparación para la reutilización y reciclado comunitarios para los residuos municipales (55 % en 2025, 60 % en 2030 y 65 % en 2035), diferenciando un porcentaje de preparación para la reutilización. Se traslada el cumplimiento a las CC. AA.
  • Únicamente se permitirá la quema de residuos vegetales en entornos agrarios o silvícolas con carácter excepcional, por razones de carácter fitosanitario y con autorización previa.
  1. Responsabilidad Ampliada del Productor:
    • Aumento de las responsabilidades de los productores de productos mediante nuevas normas mínimas de obligado cumplimiento.
  2. Plásticos de un solo uso
  • Reducción de consumo y restricciones de a la introducción en el mercado de determinados productos.
  • Requisitos de ecodiseño, como, por ejemplo, la cantidad mínima obligatoria de material reciclado que para 2025 que han de contener las botellas PET.
  • Marcado de productos.
  • Nuevos objetivos de recogida separada de botellas de plástico, que abren la puerta la implantación de SDDR.
  • Responsabilidad ampliada del productor: sufragarán los costes de recogida de basura dispersa y de medidas de concienciación.
  1. Fiscalidad ambiental

Se aumenta la fiscalidad ambiental con la creación de dos nuevos impuestos:

  • Impuesto sobre los envases de plástico de un solo uso.
  • Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos.