Asesoría Medioambiental

 

De acuerdo con la Orden 22/2017 de la Consellería de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, los productores de lodos del tratamiento de aguas residuales cuyo destino sea una instalación de tratamiento, tienen la obligación de realizar el análisis de los mismos así como actualizarlo semestralmente.

El contenido mínimo que deberá tener dicha analítica se recoge en el RD 1310/1990, y son los siguientes parámetros:

– Materia Seca

– Materia Orgánica

– pH

– Nitrógeno

– Fósforo

– Metales: Cadmio, cobre, níquel, plomo, zinc, mercurio y cromo.

Nos ponemos a vuestro servicio a través de nuestro departamento de Asesoria y gestoría medioambiental para llevar a cabo la gestión y solicitudes de analíticas, en el caso de que queráis gestionarlo por vuestra cuenta, simplemente recordaros que la analítica debe realizarse de acuerdo con el RD 1310/1990.